Friday, July 13, 2007
SENADORES JAIME ORPIS Y PABLO LONGUEIRA PROPONEN MECANISMO PARA NOMBRAR SUPERINTENDENTES
Jaime Orpis y Pablo Longueira plantearon a través de una moción que dichos cargos sean designados por la Presidencia de la República y ratificados por los dos tercios de la Cámara alta. Con el propósito de garantizar la autonomía de las distintas Superintendencias que existen en el país y evitar cuestionamientos como los surgidos contra el Superintendente de Valores y Seguros (SVS) por la millonaria sanción contra Sebastián Piñera, los senadores de la UDI Pablo Longueira y Jaime Orpis, presentaron una moción para modificar el nombramiento de esas autoridades. En lo fundamental, la iniciativa propone que los superintendentes sean nombrados por el Presidente de la República, pero ratificados por los 2/3 del Senado, es decir 25 sufragios. La norma se aplicaría para la Superintendencia de Valores y Seguros; la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras; la Superintendencia de AFP y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. De aprobarse el proyecto, que fue derivado a la Comisión de Hacienda para su estudio, los Superintendentes no podrán ser nombrados solamente por el Jefe de Estado, como sucede actualmente. Los parlamentarios manifestaron su preocupación por los “graves cuestionamientos” que han surgido con posterioridad a la notificación de dicha resolución, en el sentido de que el dictamen se habría basado en motivos políticos más que técnicos. “Nos parece estéril e inoficioso emitir una opinión de esta cuestión particular, pero nos parece necesario abordar el aspecto que ha dado origen a esta discusión, el cual a nuestro juicio, descansa en el mecanismo de nombramiento del titular de este organismo contralor”, advirtieron los legisladores. De acuerdo a la actual normativa, los máximos cargos en las distintas Superintendencias son nombrados directamente por el Presidente de la República, pues se trata de funcionarios de su exclusiva confianza, los que pueden ser removidos a voluntad del mandatario. No obstante, a juicio de los senadores gremialistas, las atribuciones y funciones que tienen dichos organismos hacen necesario que el nombramiento de los Superintendentes sea modificado. Cabe recordar que las superintendencias son organismos contralores, pues sus funciones son de control y de fiscalización, cuyo fin esencial es el de velar porque los actores que se desempeñan dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, den fiel cumplimiento a sus deberes y obligaciones, así como también deben velar porque dicho cumplimiento se haga conforme a derecho. “En nuestra opinión estas funciones y atribuciones, pueden verse menguadas, o al menos cuestionadas en cuanto a su ejercicio por el titular de dichos organismos, por cuanto son nombrados y removidos a voluntad por el Presidente de la República”, señalan. Agregaron que “esta circunstancia resta valor y legitimidad al actuar de éstos organismo, por cuanto el origen del nombramiento de sus titulares puede despertar suspicacias cuando nos encontramos frente a hechos como en el que se ha visto envuelto Piñera”.
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