En una democracia hay que respetar por principio la ley, pero una trasgresión puede ser justificada plenamente cuando afecta los derechos fundamentales de las personas.
En el caso del General Iturriaga N. esta desobediencia civil apunta clara y directamente a cuestionar un orden jurídico injusto y desigual que no otorga las garantías esenciales en los procesos judiciales en que ha estado involucrado el y otros 500 miembros de las fuerzas armadas y de orden., acusados de violar los derechos humanos de, militantes de grupos extremistas en una época de turbulencia política y social muy diferente al contexto que vive el país hoy. Aquel periodo se encuentra bajo una ley de amnistía que privilegio al sector que constantemente ha sido beneficiado con indultos presidenciales a pesar de estar condenados por actos terroristas, robos a mano armada y delitos de sangre.
Esta desobediencia civil puede ser interpretada como el derecho a levantarse en contra de la ley vigente y a resistirse a la autoridad para proteger los derechos universales del ser humano que son constantemente violados a través de procesos desiguales y juicios públicos populares, FUNAS, que cuentan con la autorizaciones gubernamentales aun encontrándose al margen de la ley y la institucionalidad.
Atentamente,
Viviana Matus Rodríguez
Directora Ceoc
Magíster en Ciencias y Educación Multilingüe
Thursday, June 14, 2007
Wednesday, June 13, 2007
DECLARACION PÚBLICA DEL GENERAL DE EJÉRCITO
DECLARACION PÚBLICA DEL GENERAL DE EJÉRCITO
EDUARDO ITURRIAGA NEUMANN
¿LA JUSTICIA CHILENA PUEDE CONDENAR A ALGUIEN POR UN DELITO QUE NO HA COMETIDO?
Yo, General de División Eduardo Iturriaga Neumann he sido condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema por el delito de secuestro calificado... delito que no he cometido.
El supuesto secuestro del mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara habría ocurrido hace 32 años , cuando yo era Mayor de Ejército en servicio activo, recién ascendido del grado de Capitán y luego de graduarme como Oficial de Estado Mayor en la Academia de Guerra, y por mi grado, obviamente, no era de la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional.
Se me ha condenado por el delito de secuestro, delito no acreditado en el proceso. Pedí concretamente al Ministro Alejandro Solís, que sentenció en primera instancia, que investigara el secuestro, no lo hizo.
Si el ministro me procesó por secuestro, el debió demostrar que el mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara, esta vivo y secuestrado por mí. El tiene el peso de la prueba, no era yo el que debía demostrar mi inocencia. El debía demostrar el delito que me imputa, no lo hizo.
Lo he dicho antes y lo reitero ahora: nunca conocí ni vi a Luis Dagoberto San Martin Vergara, nunca lo detuve, ni ordené detenerlo, nunca lo secuestré, ni ordené secuestrarlo. Invito a revisar el expediente del proceso para ver si se encuentra alguna prueba de que Eduardo Iturriaga Neumann, ordenara alguna de las acciones detalladas.
Fui sometido a un indebido proceso, al igual que aproximadamente 500 integrantes de las FF.AA. y de Orden, de los cuales ya hay varios condenado por la misma razón, ante la mirada complaciente del gobierno e instituciones que no funcionan para defender los derechos que tenemos y que justamente reclamamos.
Muchos jueces y ministros del Poder Judicial chileno han trasgredido abierta y vergonzosamente la Constitución y las leyes de mi patria.
Y esta no es solo mi opinión; lo dicen distinguidos y reconocidos constitucionalistas y juristas de nuestro país.
Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena.
¡ NO LA ACEPTO !
Ya he aceptado muchas cosas: he sido prontuariado en varios oportunidades, soportado detenciones, interminables declaraciones, careos con falsos testigos, humillaciones, doble estándar, parcialidad, exámenes psicológicos, sufrimientos de mi familia y mis amigos, pérdida de trabajo, caos financiero personal, persecución política judicializada, etc.
¿DEBEMOS SEGUIR ACEPTANDO ESTO?
¡YO NO! ¡YA NO MÁS!
Aclaro lo anterior:
1.- El Ministro Solís, al igual que otros jueces y ministros, interpreta torcidamente la ley con el objeto de procesar y condenar por secuestro, como si los integrantes de las FF.AA. y de Orden fueran particulares.
La doctrina y jurisprudencia son unánimes en considerar que los miembros de las instituciones militares chilenas tienen el carácter de empleados públicos. Un ejemplo del doble estándar existente cuando se trata de integrantes de las FF.AA. y de Orden, esta dado por la actuación del abogado querellante en varias causas, Nelson Caucoto, quien en sus querellas dice que somos particulares, para tipificar el delito de secuestro, y luego, con el objeto de cobrar jugosas indemnizaciones, estipula que “todos los individualizados en el auto acusatorio, todos agentes del estado, o sea empleados públicos....”
2.-Los ministros de la Corte de Apelaciones Juan González y Alejandro Madrid, ratifican lo establecido por la condena de primera instancia, en contra de lo que establece en su informe el fiscal de esa corte don Benjamín Vergara y del voto de minoría , ministro señor Muñoz Pardo, quienes citando declaraciones existentes en el expediente, manifiestan que ... “la mayor presunción es de que el mirista San Martin Vergara, haya fallecido, y que el secuestro permanente al que alude la sentencia carece de asidero, tanto respecto a lo en los autos acreditado, cuanto lo que de la lógica y sentido común se puede desprender...”.
4.-Algunos ministros y jueces, con toda mala intención, interpretan torcidamente además, los Convenios y los Tratados Internacionales, con el objeto de dictaminar que los supuestos delitos son imprescriptibles e inamnistiables.
Así, establecen que los Convenios de Ginebra impiden aplicar prescripción y amnistía, cuando el protocolo II, de estos Convenios, artículo 6 n° 5, concretamente establece... “A la cesación de las hostilidades, las autoridades en el poder, procuraran conceder la amnistía más amplia posible a las personas que hayan tomado parte en el conflicto....”
También aplican Tratados o Convenios internacionales no ratificados por mi país, como los relacionados con, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, no existentes ni tipificados en nuestra Constitución y en nuestras leyes.
Por lo anterior y otras razones legales invocadas, interpuse una Querella de Capítulos, por el delito de prevaricación en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan González Zúñiga y Alejandro Madrid Crohare, porque ... “A sabiendas fallaron contra ley expresa...”, y por ... “Negligencia o ignorancia inexcusable...”, según señala el Código Penal. Lo anterior, hasta el momento sin resultados.
5.-El Ministro Rubén Ballesteros integrante de la Sala Penal que me ha condenado, en su voto disidente y que me favorece, al final de su detallada y jurídica exposición establece: …….no se puede aceptar “el quebrantamiento de los principios que informan y reglan la aplicación del Derecho Penal, entre ellos el de reserva o legalidad que garantiza que solamente la ley puede crear figuras delictivas y determinar sus penas, que lo hechos imputados solo pueden sancionarse como determinados delitos siempre que hayan sido establecidos con anterioridad a la época en que ocurren y que la ley penal al configurar y establecer delitos y penas, debe reherirse a los hechos que lo constituyen. Fluyen de estas reglas los principios de legalidad, irretroactividad y de tipicidad.
Esta reflexión se formula por este disidente, en vista que pareciera que lo perseguido en materias como las que motivaron la presente causa, es que debe imponerse sanción a toda costa, y que quienes quebrantan la ley penal pueden verse expuestos a ser sancionados mediante estatutos diferentes, unos en una forma y otros con normas diversas, con grave quebrantamiento del principio de igualdad que informa tanto el derecho nacional como el internacional.
6.-Ya hace casi dos años, que con la ayuda de expertos en materias constitucionales y penales, preparé una carpeta que titulé “TRANSGRESIONES A LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES COMETIDAS EN LOS PROCESOS A LOS INTEGRANTES DE LA FF.AA. Y DE ORDEN”
Esta carpeta ha sido presentada y explicada entre otros a: la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, personalmente al Presidente del Senado y a la Cámara de Diputados.
Todo lo anterior sin resultados.
6.-En junio del año 2006 presenté un Recurso de Inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, debido a que este tribunal tiene la atribución de...“Resolver la inaplicabilidad de un precepto legal, cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”.
Dicho Tribunal declaró inadmisible mi requerimiento.
¡¡ HACE AÑOS QUE NO SE ACEPTAN MIS JUSTAS APELACIONES, ESCRITOS, REQUERIMIENTOS Y PRESENTACIONES!!
¡¡HACE AÑOS QUE ACEPTO INJUSTICIAS DE LA JUSTICIA!!
¡¡¡¡¡¡¡ YA NO MÁS !!!!!!!
Tuesday, June 12, 2007
AJUSTEMOS LA DEMOCRACIA de Hernan Felipe Errazuriz
Las relaciones con los países vecinos atraviesan por un mal momento, y pueden empeorar. Cuando sus gobiernos pierden popularidad, endurecen su política con Chile; nos acosan. Es un clásico que hemos vivido por casi dos siglos. ¿Es que olvidamos la experiencia reciente, durante las presidencias de militares y de Toledo en Perú?
Alan García ha descendido rápidamente en las encuestas, y se le viene encima Fujimori; Evo Morales está entrampado por su Asamblea Constituyente; Kirchner ha sufrido dos derrotas recientes con la pérdida de sus candidatos en Neuquén y en Buenos Aires. No nos extrañemos de que Perú y Bolivia hayan iniciado una nueva ofensiva de reclamos territoriales ni de que Argentina profundice los cortes de gas natural y pretenda inmiscuirse en nuestras aguas, en las centrales del Río Baker en Aisén. Nos quieren sin gas y sin agua para perpetuar nuestra dependencia energética, y nosotros se lo hacemos fácil, al demorar la construcción de las plantas de gas de respaldo y resolver la construcción de las centrales hidroeléctricas en Aisén.
Es un error pretender que somos queridos por nuestros vecinos, o que por vínculos personales subordinarán sus intereses a los nuestros. Debemos realizar una diplomacia profesional. Empresarios, académicos, militares y políticos pueden contribuir, pero en ningún caso actuar en paralelo a la Cancillería. Aunque estén bien inspirados, no son profesionales de la diplomacia, sus visiones son parciales en este campo, y si no actúan discreta y coordinadamente con el servicio exterior, producen perturbación y hasta señales equívocas, como las de nuestro Primer Almirante navegando sin uniforme en el Titicaca, o Camilo Escalona garantizando que tendremos gas de Argentina. Hay que fortalecer a la Cancillería y no debilitarla cuando los tiempos son difíciles.
Los desencuentros con los vecinos nos pueden llevar a crearles falsas expectativas de arreglos territoriales, como parece insinuarse con Bolivia, o a reaccionar temerosos por una eventual recurrencia a la Corte de La Haya, como se sugiere por Perú, o a renunciar a reclamos internacionales, como lo hemos hecho con Argentina desde los primeros cortes de gas, hace ya casi cuatro años. Con políticas de apaciguamiento, seguiremos siendo "válvulas de ajuste", perderemos soberanía y no conseguiremos ser respetados.
Repetimos: el acoso vecinal no nos debe desanimar, ya lo conocemos. Tampoco nos debe llevar, por ningún motivo, a desarticular nuestra diplomacia y a desviarnos de nuestros derechos soberanos.
COMENTARIOS
La clave es la pérdida de la soberanía. Ese concepto ha sido reemplazado por la ideología. Por ella estan dispuestos a entregar territorio y ya lo han hecho hasta con misma legislación. En este momento, juridicamente nuestra NACION ESTA A EXTRANJERO DOMINIO SOMETIDA
Posteado por: Raúl Munizaga Neumann
Congreso aprueba extender a 2010 fondo de estabilización del petróleo
Congreso aprueba extender a 2010 fondo de estabilización del petróleo Alianza reiteró la necesidad de aminorar los efectos de los impuestos a los combustibles. Con un amplio debate sobre la necesidad de aplicar un mecanismo transparente que permita evitar el impacto del impuesto específico en el alza de los combustibles, el Senado aprobó por unanimidad el proyecto que prorroga hasta el 2010 y aumenta en US$ 60 millones el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles derivados del Petróleo (FEPC), cuya vigencia culmina el próximo 30 de junio. Con ello, la iniciativa que disminuirá el efecto de las volatilidades del precio del petróleo a nivel internacional quedó en condiciones de ser promulgada como Ley de la República. El ministro de Hacienda, Andrés Velasco, señaló que “este mecanismo reduce el impacto de alzas abruptas en el precio de los combustibles ya que sin el uso del FEPC, las gasolinas habrían costado 55 pesos más por litro en el periodo febrero- mayo de 2007. Sin embargo, el alza observada llegó sólo al 12,5%, en ese periodo”. Respecto a la propuesta del impuesto específico variable, precisó que “en la actualidad hay un sistema equivalente a este mecanismo ya que el impuesto fluctúa con el precio del petróleo y, por lo tanto, en periodo de alza súbita tenemos un crédito, una transferencia desde el Fisco a los particulares y en periodos de baja se da lo contrario”.
El Senador Jaime Orpis (UDI) repuso en el debate la necesidad de establecer un mecanismo permanente y transparente para moderar el alza del impuesto
Jaime Orpis (UDI) repuso en el debate la necesidad de establecer un mecanismo permanente y transparente para moderar el alza del impuesto específico de los combustibles, motivado por el aumento del precio base de los combustibles. Asimismo, lamentó que “estemos legislando bajo presión esta prórroga y que el Ejecutivo no se haya abierto al debate sobre la propuesta que hicimos para establecer un impuesto variable a los combustibles, cuyo efecto fiscal es marginal”.
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